El derecho a la información de los ciudadanos para emitir su voto.
El momento en el que el ciudadano emite su voto está decidiendo el futuro del país, su futuro, a corto, mediano y largo plazo, ya que ese es el impacto que pueden tener las políticas de gobierno que tomen quienes resulten electos.
Para que los ciudadanos podamos emitir un voto de manera razonada nuestra principal herramienta será la información que recibamos. La información que brinden las autoridades electorales respecto del proceso electoral, la información que proporcionen los partidos políticos de cada uno de sus candidatos, la información que den los candidatos de sus propuestas de campaña, la información que difundan los medios de comunicación respecto del actuar de los candidatos y los partidos políticos y la información que den las encuestas respecto del rumbo que va tomando la contienda electoral.
Todos esos elementos en conjunto deben ser tomados en cuenta por el ciudadano al momento de emitir el voto. Por eso, el que la autoridad fomente debates entre los candidatos para que entre ellos realmente cuestionen la viabilidad de sus propuestas de campaña a fin de que no se conviertan en promesas imposibles de cumplir, que los candidatos brinden información veraz sobre su persona, ingresos, desempeño en cargos anteriores, principales logros en los distintos campos en que se ha desempeñado, que los medios de comunicación y periodista realicen verdades investigaciones sobre el perfil de los candidatos para que sea realmente posible conocer la forma de conducirse de la persona que posiblemente nos gobernará, además de proporcionen información veraz y objetiva sobre sus actividades y propuestas, y que las encuestadoras difundan datos reales sobre las posibilidades de triunfo de cada candidato, entre otros, son factores esenciales para la toma de decisión del voto.
La información falsa, truqueada, incompleta, o inventada lo único que logrará será que la decisión que tomen los ciudadanos al momento de sufragar se encuentre viciada, y un voto emitido bajo dichas condiciones, en mi opinión, deberá anularse ya que el mismo fue emitido con un vicio de la voluntad. La propia teoría general de las obligaciones en materia civil establece como causa de nulidad los vicios en el consentimiento provocados por el error, es decir, que derivado de una falsa apreciación de la realidad, ocasionada cuando la información que se recibe es falsa o se encuentra incompleta, se obligue uno. Lo que es lo mismo que el voto se realice a partir de información errónea a la que los ciudadanos fueron sometidos.
De esta forma, no sólo los ciudadanos tenemos la OBLIGACIÓN de allegarnos de información por distintos medios a fin de poder emitir nuestro voto de manera informada y elegir la mejor opción, sino que quienes brindan la información a los ciudadanos también tienen la OBLIGACIÓN de que la misma sea veraz, completa y oportuna. Este factor puede y debe ser determinante en el proceso electoral, por las implicaciones que tiene.